¿Como se declaran los ingresos por criptomonedas de personas fisicas?

6 abril, 2022by Contaris0

¿Que son las criptomonedas?

Las criptomonedas, en conjunto con los tokens y los criptoactivos están catalogados fiscalmente como “Activos Virtuales” o en términos financieros como “Activos Digitales”.

La NIF C-22 nos menciona que:

Las criptomonedas surgen como respuesta a un reto que enfrenta el sistema monetario actual de poder llevar a cabo compras y ventas de bienes y servicios entre individuos o entidades a través de medios electrónicos sin requerir de la participación de un intermediario que provea confianza al desempeñar un rol centralizado; esto permite que las transacciones sean más eficientes: más rápidas y manteniendo un cierto nivel de seguridad.

La primera criptomoneda que surgió en el mundo se conoce como Bitcoin; esto ocurrió cuando una entidad en anonimato, en un sistema electrónico abierto al público, predefinió un esquema de pagos con esa criptomoneda, estableciendo la forma de su creación, la forma de llevar a cabo transacciones con ella, así como todos los protocolos necesarios para dar seguridad a este esquema de pagos. Después de la Bitcoin han surgido muchas otras criptomonedas, por ejemplo, Ethereum y Ripple; aunque sus orígenes pueden ser distintos, cada una de ellas está representada por un registro digital basado en códigos encriptados; adicionalmente, tienen sus propios protocolos y reglas de uso.

 

¿Que tratamiento fiscal se le da a las ingresos que obtienen las personas físicas por la venta de criptomonedas?

Las criptomonedas hasta el día de hoy no han sido reconocidas como moneda de curso legal en México, tampoco representa una divisa de algún otro país,  por lo tanto a la ganancia o perdida que se obtenga de las operaciones de compra y venta de criptomonedas, no se le puede dar tratamiento de una “Perdida Cambiaría” o una “Utilidad Cambiaría”, por lo tanto, el tratamiento fiscal que se le debe dar, es el de “Enajenación de Bienes” de acuerdo a lo señalado en el artículo 126, párrafos cuarto y quinto de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y la tasa de impuesto aplicable es del 20% sobre el monto total de la operación, mismo que deben ser retenidos por el que adquiere las criptomonedas, en el caso en el que no se halla realizado retención de ISR, la persona que vende las criptomonedas debe encargarse de calcular y pagar los impuestos correspondientes.

 

¿Como presento las declaraciones por ingresos por venta de criptomonedas?

La declaraciones provisionales se deben presentarse dentro de los 15 dias siguientes a la obtención del ingreso.

Cuando la operación sea menor a $227,400.00 no se tiene la obligación de efectuar retenciones y tampoco la de presentar declaración provisional, no hay que perder de vista que se deben incluir en la declaración anual considerando lo señalado en el articulo 120 de la LISR.

 

¿Puedo deducir el costo de adquisición de criptomonedas?

El articulo 121 de la LISR señala en su fracción I, que se puede deducir el “costo comprobado de adquisición” actualizado desde la fecha de adquisición y hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se efectúe la enajenación de las criptomonedas, también hay que considerar que el costo se disminuirá a razón del 10% anual.

 

¿Puedo deducir las comisiones que me cobra la plataforma por venta y compra de criptomonedas?

Si es posible, siempre y cuando se tengan los comprobantes que reúnan los requisitos fiscales de la regla 2.7.1.14 de la RMF para 2022.

 

¿Puedo deducir  los gastos de minería cuando vendo criptomonedas?

Debe entenderse que cuando se hace minería de criptomonedas se esta ante la prestación de un servicio, mismo que es remunerado con el pago de un porcentaje de la moneda que se valida, por lo tanto, los gastos de minería solo podrán ser deducibles contra los ingresos por minería de criptomonedas, pero no pueden aplicarse a los ingresos por venta de critomonedas.

 

Es importante aclarar que esta información no crea derechos ni obligaciones distintas de las establecidas en las leyes fiscales, y puede ser distinta a los criterios de las autoridades fiscales.

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