¿Hasta cuando puedo usar el CFDI version 3.3?

10 marzo, 2022by Contaris0

El pasado 9 de marzo de 2022 se publico en Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus Anexos 1-A, 23, 30, 31 y 32, en la cual se contempla una modificación al articulo Décimo Séptimo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal en relación a la ampliación del plazo para usar la versión 3.3 del los CFDI, la cual transcribimos:

 

CUARTO. Se reforma el Transitorio Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021, para quedar como sigue:
Décimo Séptimo. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

 

Esperamos que esta información le ayude a organizarse de una mejor manera para poder emitir los CFDI sin contratiempos.

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